INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
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San Francisco de Campeche, Cam., martes 2 de febrero de 2016

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Boletín 03-16

Tres avisos de intención recibió el IEEC de parte de Organizaciones Ciudadanas que buscan registro como Partidos Políticos.

• En su momento, los interesados deberán acompañar su solicitud formal con sus respectivas Declaración de Principios, Programas de Acción y Estatutos.

Al concluir el plazo para que las Organizaciones Ciudadanas, con inquietud de conformar un Partido Político, presentaran sus avisos de intención ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), la Consejera Presidenta, Mtra. Mayra Fabiola Bojórquez González confirmó la recepción de tres avisos.

Y es que al llevar a cabo su 1ª Sesión Ordinaria, el Consejo General encabezado por su Consejera Presidenta Mtra. Mayra Fabiola Bojórquez González, aprobó el informe anual financiero del Fondo para la Construcción del Edificio del IEEC, cuyo saldo es por 12 millones 867 mil 342 pesos.

Por lo anterior, detalló que las Organizaciones Ciudadanas que están pretendiendo sus respectivos registros como Partidos Políticos en el ámbito local son “Campeche Libre”, “Campeche Unido y Progresista” y “Nueva Generación Azteca”, las cuales presentaron sus avisos de intención en el plazo estipulado en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche (LIPEC), que señala en su artículo 51, debe ser en el mes de enero del año siguiente al de la elección de Gobernador.

Asimismo, precisó que tal y como se señala en la legislación electoral en sus artículos 49 al 60, una vez presentados los avisos de intención por parte de las Organizaciones Ciudadanas, se verificará que estas cumplan también con la presentación de su Declaración de Principios, Programa de Acción, así como los Estatutos que normarán sus actividades.

Pero también, dijo, estas Organizaciones Ciudadanas, deberán contar con militancia, en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad, tomando en cuenta que de ninguna manera, el número total de sus militantes podrá ser inferior al 0.26 por ciento del Padrón Electoral del Estado que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud.

De igual forma, la Consejera Presidenta del Organismo Público Local, expuso que la normatividad electoral indica también que los interesados deberán acreditar la celebración, por lo menos en dos terceras partes de los Distritos Electorales Locales o de los Municipios de una asamblea en presencia de un funcionario electoral.

“En todo momento, como Organismo Público Local, seguiremos al pie de la letra los puntos estipulados en la LIPEC, toda vez que la inquietud de las Organizaciones Ciudadanas de conformarse como un Partido Político, es legítima como derecho ciudadano”, puntualizó.

Audio de entrevista a la Consejera Presidenta.